COLUMNISTAS

Suprema Corte de Justicia o dictadura de la corrupción 

 

Por José Lima Cobos

Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza un artículo de la Constitución General de la República en relación con una ley secundaria que fija una determinada disposición o el catálogo de delitos a los cuales se les aplique una prisión preventiva oficiosa, sin que a su juicio no existe justificación plena, éstos delitos pueden ser invalidados para ese efecto, lo que conlleva a que, quienes hayan incurrido en los mismos -no  quiere decir que no serán castigados-, lo que sucede es que esa privación de la libertad tendrá que ser justificada, dejando a los jueces en libertad, ahora se puede atracar en delitos graves y pondrá el delincuente –obviamente que tenga recursos económicos seguir el juicio en libertad–, esto es, burlarse de la justicia a sus anchas.

 

 

PRISIÓN SÓLO PARA POBRES

Este privilegio solo se logrará por aquellos delincuentes que han podido acumular riquezas extremas o descomunales como sucede en nuestro país, lo que significa  que, como siempre, se haga la voluntad de Dios en los bueyes de mi compadre, en las personas pobres que delinquen, así que la cárcel será el asiento y refugio de los miserables, porque los oligarcas gozarán de ese privilegio como lo acaba de determinar, por mayoría calificada de 8 votos, los ministros de la Suprema Corte de Justicia que en su forma de actuar, evidencian su escasa formación social y que solo buscan el beneficio de los que todo lo tienen, sin pensar que los factureros y defraudadores fiscales atentan contra la seguridad de la nación, al llevar a la hacienda pública a su sequía económica porque los que más roban, son los que no pagan impuestos y su enriquecimiento es ilícito.

Es sumamente grave la decisión de los Ministros de la Suprema Corte en este caso porque se atenta contra la seguridad de la nación, pero es más lamentable aún, que de los cuatro ministros propuestos por el Presidente de la República, solo las ministras Yasmín Esquivel y Loreta Ortiz, hayan votado en contra, en tanto González Alcanzara y otro más se unieran con el proyecto del Ministro Luis María Aguilar, el cual ya fue presidente de la Suprema Corte y que con su conducta se engloban, los demás en una dictadura de la corrupción judicial, porque se agrede a la Ley Federal contra la delincuencia organizada, la norma en que se encuentra los factureros y defraudadores al invalidar los artículos, segundo, párrafo primero fracciones VIII,VIII bis y VIII ter de esa ley, así como el 167, párrafo segundo del Código Federal de Procedimientos penales y, el 5 fracción XIII de la Ley de Seguridad Nacional, que precisan que los imputados por esas conductas podrán ser privados de su libertad.

 

 

LA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

Este triunfo  privilegia a los criminales de cuello blanco y  os ministros se quedaron cortos, pues ya que estaban en esas de velar a fondo por  la legalidad de la detención,  presunción de inocencia y debido proceso, deberían de abarca a todos los delitos graves que aparecen el Artículo 19 constitucional y no enseñar el cobre, al focalizarse como sirvientes sumisos de los saqueadores y atracadores de México y de esa manera , limpiar la prisiones donde existen más de cien mil personas -miserables por cierto- que están en prisión y de esa manera liberar a la hacienda pública de esos gastos onerosos entre tanto delincuente.

Y observando lo expuesto por el ministro Gutiérrez Ortiz que solo la delincuencia  organizada desestabiliza al Estado de Derecho y que los delitos fiscales no pueden entrar en esa tipificación, siendo así las cosas, también de pasadita hubieran revisado el Artículo 127 constitucional que establece que nadie debe de ganar más que el Presidente de la República y bajarse el sueldo que se impusieron  -en aras de su autonomía e independencia, desde 2009- y todos los privilegios de que gozan de manera cuasi criminal en detrimento del erario pública, al igual que el haber de retiro que tienen y que la UMA ya no se aplique, como lo establecieron en su jurisprudencia, para que los jubilados y pensionados reciban ese beneficio en base a lo que la ley establece como diez salarios mínimos elevados al año.

Ahora bien, al impedirse ahora la prisión preventiva oficiosa a los criminales de cuello  blanco -ya se preparan las salidas de prisión de algunos ellos-, pues al no observar la Suprema Corte mexicana que se blanquean en México, según la Organización de las Naciones Unidas, mas de 25 mil millones de dólares al año, mismos que pudieran ir a las arcas del Estado, no estaría mal que el Estado nacional mexicano se declarara en quiebra  y dejara de pagar los altos sueldos de los ministros de la Suprema Corte y  de los organismos autónomos, habida cuenta que eso no afecta la seguridad del estado, como se analizó por quienes deberían de ser sancionados- Artículo 109 constitucional- pues esos actos u omisiones afectan la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que todos deben observar en el ejercicio del servicio público y en el caso se encuadra el juicio político, en espera de que el 2024 se logre el cambio a fondo que el país, pacíficamente debe lograr.

 

 

Correo: limacobos@hotmail.com

Twitter: @limacobos1

 

**Las columnas firmadas en este medio son responsabilidad de quienes las firman**